(a) La agencia no está autorizada a cargar los honorarios legales de su subvención u otros costos en los que haya incurrido para apelar el cese, las reducciones del financiamiento o las denegaciones de las solicitudes para las decisiones sobre el reotorgamiento de la subvención.
(b) Si un programa prevalece en una decisión sobre el cese, la reducción o denegación del reotorgamiento de la subvención, el funcionario responsable del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS, sigla en inglés) puede reembolsar a la agencia los honorarios legales razonables y habituales, en los que se haya incurrido durante la apelación, si:
(1) La Junta departamental de apelaciones revoca la decisión del funcionario responsable del HHS;
(2) La agencia puede probar que ha incurrido en honorarios durante la apelación; y
(3) La agencia puede probar que los honorarios en los que ha incurrido son razonables y habituales.