(a) Entorno. La opción basada en el hogar proporciona una amplia gama de servicios, que se corresponden con §1302.20(b), mediante visitas con los padres del niño, principalmente en el hogar del niño y oportunidades de socialización en el aula, en la instalación comunitaria, el hogar o en excursiones. Para los programas Early Head Start, la opción basada en el hogar podrá utilizarse para proveer servicios a algunos o todos los niños matriculados en el programa. Para los programas Head Start Preschool, la opción basada en el hogar podrá utilizarse solo para prestar servicios a una parte de los niños matriculados en el programa.
(b) Número de casos. Un programa que implemente una opción basada en el hogar deberá mantener un promedio de número de casos de 10 a 12 familias por visitador del hogar, con un máximo de 12 familias por visitador del hogar individual.
(c) Duración del servicio.
(1) Early Head Start. Antes del 1 de agosto de 2017, un programa Early Head Start basado en el hogar deberá hacer lo siguiente:
(i) Proveer una visita semanal al hogar por familia que dure por lo menos una hora y media y proveer un mínimo de 46 visitas al año.
(ii) Proveer, como mínimo, 22 actividades de socialización en grupo repartidas durante el transcurso del año programático.
(2) Head Start Preschool. Un programa Head Start Preschool basado en el hogar deberá hacer lo siguiente:
(i) Proveer una visita semanal al hogar por familia que dure por lo menos una hora y media y proveer un mínimo de 32 visitas al año.
(ii) Proveer, como mínimo, 16 actividades de socialización en grupo, repartidas durante el transcurso del año programático.
(3) Cumplimiento de los requisitos mínimos. Un programa que implementa una opción basada en el hogar deberá:
(i) Recuperar las visitas al hogar planeadas o las actividades de socialización en grupo que fueron canceladas por el programa y, en la medida de lo posible, procurar recuperar las visitas planeadas al hogar que fueron canceladas por la familia, cuando sea necesario para cumplir con los requisitos mínimos descritos en los párrafos (c)(1) y (2) de esta sección; y
(ii) No sustituir las visitas al hogar o las actividades de socialización en grupo, con las citas médicas o para servicios sociales, a fin de cumplir con los requisitos mínimos descritos en los párrafos (c)(1) y (2) de esta sección.
(d) Requisitos de seguridad. Las áreas para aprender, jugar, dormir, ir al baño, preparar alimentos y comer en instalaciones que se utilicen para las socializaciones en grupo, en la opción basada en el hogar, deberán cumplir con las normas de seguridad descritas en §1302.47(1)(ii) hasta (viii), inclusive.