a) Criterios de selección.
(1) El programa debe establecer anualmente criterios de selección que ponderen la priorización de la selección de participantes, en función de las necesidades de la comunidad identificadas en la evaluación de necesidades de la comunidad como se describe en §1302.11(b), e incluidos los ingresos familiares, si el niño carece de hogar, si el niño está en cuidado adoptivo temporal, si el niño es elegible para educación especial y servicios relacionados, o servicios de intervención temprana, según corresponda, según se determine en la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA, por su sigla en inglés) (20 U.S.C. 1400 y siguientes) y otros factores de riesgo relevantes para la familia o el niño.
(2) Una tribu indígena que opera un programa Head Start debe establecer anualmente criterios de selección que sopesen la priorización de la selección de participantes, en función de las necesidades de la comunidad identificadas en la evaluación de necesidades de la comunidad tal como se describe en § 1302.11(b), y podrá, a su discreción, dar prioridad a los niños de familias en las que un niño, un miembro de la familia o un miembro del mismo hogar, es a su vez miembro de una tribu indígena y se beneficiaría del programa Head Start.
(3) Los programas que brinden servicios a familias migrantes o de trabajadores de temporada, deberán establecer anualmente criterios de selección que sopesen la priorización de la selección de participantes, en función de las necesidades de la comunidad identificadas en la evaluación de necesidades de la comunidad, tal como se describe en § 1302.11(b), y dar prioridad a los niños cuyas familias puedan demostrar que se han mudado con frecuencia en los últimos dos años para realizar trabajos agrícolas.
(4) Si un programa opera en un área de servicio donde los niños elegibles para Head Start Preschool pueden inscribirse en un prekínder de alta calidad financiado con fondos públicos durante un día escolar completo, el programa debe priorizar a los niños más pequeños como parte de los criterios de selección en el párrafo (a)(1) de esta sección. Si esta prioridad interrumpiría las asociaciones con las agencias locales de educación, entonces no se requiere. Un programa Head Start para indígenas estadounidenses y nativos de Alaska o para Migrantes o trabajadores de temporada deberá considerar si tal prioridad es apropiada para su comunidad.
(5) El programa no deberá negarse a matricular a un niño por causa de una discapacidad o condición crónica de salud o por la gravedad de esta.
(6) Un programa podrá considerar la matriculación de hijos de miembros del personal como parte de los criterios de selección del párrafo (a)(1) de esta sección.
(b) Niños elegibles para servicios conforme a IDEA.
(1) El programa deberá asegurarse de que al menos el 10 por ciento de sus matrículas reales sean cubiertas por los niños que son elegibles para los servicios conforme a IDEA, salvo que el funcionario responsable del HHS conceda una exención para ello.
(2) Si los requisitos del párrafo (b)(1) de esta sección han sido cumplidos, los niños elegibles para los servicios conforme a IDEA deben tener prioridad para los cupos disponibles, según los criterios de selección del programa que se describen en el párrafo (a) de esta sección.
(c) Listas de espera. El programa deberá crear —al inicio de cada año programático— una lista de espera que clasifique a los niños según los criterios de selección del programa, y deberá mantener dicha lista durante todo el año.
d) Comprender las barreras para la matriculación. Se requiere que un programa utilice los datos de la evaluación de la comunidad para identificar la población de niños y familias elegibles y las posibles barreras para la matriculación y la asistencia, incluido el uso de datos para comprender el acceso al transporte para las familias más necesitadas. Un programa debe usar estos datos para basar sus esfuerzos continuos de mejora, tal como se describe en § 1302.102(c), a fin de promover la matriculación de los niños que más necesitan los servicios del programa.