(a) Los padres de todos los niños con discapacidades.
(1) El programa deberá colaborar con los padres de los niños con discapacidades, incluidos, entre otros, los niños elegibles conforme a IDEA, para asegurarse de que respondan a las necesidades de sus hijos, inclusive ayudar a los padres a que aboguen por los servicios que satisfagan las necesidades de sus hijos, y brindar información y fomentar habilidades para que los padres comprendan la discapacidad de su hijo y la manera de apoyar mejor el desarrollo de este.
(2) El programa deberá ayudar a los padres a acceder a los servicios y recursos para su familia, obtener equipos y aparatos de adaptación y los apoyos disponibles mediante el seguro médico del niño u otras entidades, además de crear enlaces a programas de apoyo a las familias y ayudarlas a determinar su elegibilidad para recibir apoyo adicional de programas, si fuese necesario y práctico.
(b) Padres de niños elegibles para los servicios conforme a IDEA. Para los padres de los niños elegibles para los servicios conforme a IDEA, el programa deberá también ayudar a los padres, a fin de que:
(1) Comprendan los plazos de tiempo para las remisiones, las evaluaciones y servicios, según IDEA.
(2) Participen activamente en el proceso de elegibilidad y del desarrollo del IFSP o IEP con la agencia local responsable de implementar IDEA, lo cual incluye informar a los padres de su derecho de invitar al programa a participar en todas las reuniones.
(3) Comprendan los propósitos y resultados de las evaluaciones y los servicios provistos en un IFSP o IEP.
(4) Se aseguren de que las necesidades de sus hijos sean identificadas con precisión y discutidas en sus IFSP o IEP.