(a) Área de servicios.
(1) El programa deberá proponer un área de servicios en su solicitud de subvención y definir el área, según sea un condado o condado secundario, tal como una municipalidad, una ciudad pequeña o sección censal o jurisdicción de una reserva indígena reconocida por el gobierno federal.
(i) Es posible que un programa tribal proponga un área de servicios que incluya las áreas donde residan miembros de las tribus indígenas o aquellas personas que son elegibles para tal membresía, incluidos, por ejemplo, los terrenos de la reserva indígena, las áreas designadas como "cercanas a la reserva" por la Oficina de Asuntos Indígenas, (BIA, sigla en inglés), siempre que el área de los servicios sea aprobada por el consejo de gobierno tribal, los pueblos nativos de Alaska, las corporaciones regionales nativas de Alaska con autoridades basadas en tierras, áreas estadísticas tribales de Oklahoma y áreas donde las tribus indígenas reconocidas por el gobierno federal no tengan una reserva establecida por el gobierno federal.
(ii) Si el área de servicios de la tribu incluye cualquier área detallada en el párrafo (a)(1)(i) de esta sección y esa área también recibe servicios de otro programa, la tribu puede brindar servicios a los niños que provienen de familias que son miembros o son elegibles para ser miembros de tal tribu y que residen en tales áreas, así como a los niños y las familias que no pertenecen a la tribu, pero que residen dentro del área establecida de los servicios de la tribu.
(2) Si un programa decide cambiar el área de servicios después que la ACF haya aprobado su solicitud de la subvención, el programa debe presentar a la ACF una propuesta de un área nueva de servicios para su aprobación.
(b) Planificación estratégica y evaluación de las necesidades a nivel de comunidad (evaluación de la comunidad).
(1) Un programa debe llevar a cabo una evaluación integral de la comunidad al menos una vez durante el período de subvención de cinco años y revisar y actualizar anualmente si se necesitan cambios significativos tal como se describe en el párrafo (b)(5) de esta sección para:
(i) Identificar las poblaciones que más necesitan servicios, incluidos los factores sociales o económicos prevalentes, los desafíos y las barreras que experimentan las familias y los niños.
(ii) Informar el diseño del programa y garantizar una prestación de servicios equitativa, inclusiva y accesible que refleje las necesidades y la diversidad de la comunidad.
(iii) Informar al proceso de matriculación, reclutamiento y selección para priorizar la matriculación de aquellas poblaciones con circunstancias relevantes identificadas bajo el párrafo (b)(1)(i) de esta sección
(iv) Identificar las fortalezas y los recursos en la comunidad que pueden aprovecharse para la prestación de servicios, la coordinación y los esfuerzos de colaboración para la educación, la salud, la nutrición y las referencias a servicios sociales para los niños y las familias elegibles.
(v)Identificar los métodos y modalidades de comunicación que mejor se alineen con las necesidades de las familias potenciales y las ya matriculadas en el programa, asegurando que sean accesibles para todos.
(2) Al llevar a cabo la evaluación de la comunidad, el programa debe recopilar y utilizar datos que describan las fortalezas, necesidades y recursos de la comunidad e incluir, como mínimo:
(i) Datos demográficos pertinentes sobre los niños y las mujeres embarazadas elegibles, en particular los siguientes:
A) raza y etnia;
B) niños que viven en la pobreza;
(C) niños que experimentan carencia de hogar (en colaboración con los Enlaces de la Agencia Local de Educación McKinney-Vento [42 U.S.C. 11432 (6)(A)]), siempre que fuera posible;
(D) niños en hogares de cuidado adoptivo temporal;
(E) niños con discapacidades, incluidos los tipos de discapacidades y los servicios y recursos relevantes proporcionados a estos niños por las organizaciones comunitarias; y
(F) ubicación geográfica e idiomas hablados.
(ii) Las necesidades de educación, salud, nutrición y servicios sociales de los niños elegibles y sus familias, incluidos los factores sociales o económicos prevalentes, los desafíos y las barreras para la participación en el programa, como las necesidades de transporte.
(iii) Los horarios normales de trabajo, escuela y de capacitación de los padres con niños elegibles.
(iv) Otros programas de desarrollo infantil, centros de cuidado infantil y programas de cuidado infantil familiar que prestan servicios a los niños elegibles, incluidas las visitas al hogar, programas preescolares estatales y locales con financiamiento público, y el número aproximado de los niños atendidos.
(v) Recursos que están disponibles en la comunidad para abordar las necesidades de los niños elegibles y sus familias, especialmente recursos de transporte y apoyos culturalmente apropiados y receptivos;
(vi) Las fortalezas de la comunidad.
(vii) Brechas en los recursos de la comunidad en áreas relevantes para abordar las necesidades de los niños elegibles y sus familias, tales como brechas en cuanto a salud y servicios humanos, asistencia para la vivienda, asistencia alimentaria, asistencia para el empleo, desarrollo de la primera infancia y servicios sociales.
(3) Los programas deben tener un enfoque estratégico:
(i) A fin de determinar qué datos adquirir para alcanzar las metas del párrafo (b)(1) de esta sección antes de realizar la evaluación comunitaria.
(ii) Para saber cómo utilizar los datos adquiridos para alcanzar los objetivos en el párrafo (b)(1) de esta sección después de realizar la evaluación comunitaria.
(4) Al determinar qué datos adquirir bajo el párrafo (b)(2) de esta sección, los programas deben considerar qué información es más relevante para los servicios a brindar a las familias más necesitadas. La recopilación de datos debe basarse en la comprensión de la comunidad por parte del programa y diseñarse intencionalmente para ayudar al programa a identificar las fortalezas, necesidades y recursos de la comunidad, y planificar el programa en base a esto. Los programas no están obligados a recopilar toda la información por sí mismos; en realidad, los programas deben utilizar socios comunitarios y las fuentes de datos disponibles existentes y relevantes para la comunidad local.
(5) Un programa debe revisar anualmente y actualizar, cuando fuera necesario, la evaluación de la comunidad a fin de identificar todo cambio significativo en la demografía, las necesidades y los recursos de la comunidad que podrían afectar el diseño del programa y la prestación de servicios. Tal como se describe en el párrafo (b)(4) de esta sección, los programas deben considerar los resultados de su autoevaluación, según se requiere en la subparte J de esta parte (§§ 1302.101 a 1302.103), y su solicitud anual de financiamiento como base para este proceso. La revisión anual de la actualización debe considerar, como mínimo: cambios relacionados con los niños y las familias que experimentan carencia de hogar; la forma en que el programa aborda la equidad, la accesibilidad y la inclusión en la prestación de servicios; y los cambios en la disponibilidad de los programas de prekínder financiados con fondos públicos y si se satisfacen las necesidades de las familias. Los programas deben considerar de qué forma la revisión y actualización anual pueden informar y apoyar los enfoques de gestión para la mejora continua de la calidad, las metas del programa y la supervisión continua.
(6) El programa deberá considerar si las características de la comunidad permiten que se incluya a los niños de diversos antecedentes económicos que tendrían apoyo de otras fuentes de financiamiento, incluido el pago privado, además de la matrícula subvencionada elegible del programa. El programa no debe matricular a niños de diversos orígenes económicos si esto resultara en que el programa atendiera a menos niños de lo que podría según sus matrículas suvbvencionadas elegibles.