Sec. 653. [42 U.S.C. 9848]
(a) Comparabilidad de salarios. El Secretario deberá tomar las medidas según sea necesario para garantizar que las personas encargadas de administrar programas financiados conforme a este subcapítulo no reciban remuneración por una cantidad (1) excesiva respecto a la remuneración que se paga en el área donde está ubicado el programa a un número sustancial de personas que prestan servicios sustancialmente comparables, o en exceso de la cantidad promedio de remuneración que se paga a un número sustancial de personas que prestan servicios sustancialmente comparables en el área donde trabajaba la persona inmediatamente antes, la cantidad que resulte mayor; o (2) una cantidad menor que el salario mínimo que prescribe la sección 6(a)(1) de la Ley de Normas de Trabajo Justo de 1938 (Fair Labor Standard Act of 1938). El Secretario deberá instar a las agencias Head Start a que otorguen remuneración de acuerdo con las escalas de salarios y basándose en su nivel de capacitación y experiencia profesional.
(b) Limitación
(1) EN GENERAL. A pesar de cualquier otra disposición de ley, no podrán usarse fondos federales para pagar ninguna parte de la remuneración de ninguna persona empleada por una agencia Head Start, si tal remuneración, incluyendo los fondos federales, excede la cantidad igual a la cantidad pagadera al nivel II de la escala de sueldos ejecutivos conforme a la sección 5313 del título 5, del Código de Estados Unidos.
(2) REMUNERACIÓN. En esta subsección, el término "remuneración":
(A) Se refiere a sueldos, bonos, pagos periódicos, pagos por indemnización, el valor del tiempo acumulado en licencia de vacaciones, el valor de la prestación de licencia remunerada o pagada, que no excluya el subpárrafo (B), y el valor en el mercado de cualquier prestación adicional para empleados no excluida en el subpárrafo (B).
(B) Excluye cualquier gasto --incurrido por cualquier agencia Head Start-- de salud, médico, seguro de vida, discapacidad, retiro o cualquier otro bienestar o pensión del empleado.