U.S. Department
of Health and Human Services
ACF
Administration for Children and Families
Instrucción del Programa
A: Todos los destinatarios de las subvenciones de Head Start, incluido Head Start, Early Head Start, Asociaciones entre Early Head Start y Cuidado Infantil, oficinas de colaboración y Centros Nacionales
Tema: Nuevas disposiciones de elegibilidad para los programas para Indígenas Estadounidenses y Nativos de Alaska
El 23 de marzo de 2024, el presidente Biden firmó la Ley de Asignaciones Consolidadas Adicionales de 2024 (Ley Pública 118-47) (en inglés), que destina fondos asignados para el año fiscal (AF) 2024 a varios departamentos y agencias federales. Este proyecto de ley de gastos financia los programas Head Start durante el resto del año fiscal. Los cambios en los fondos de la Oficina de Head Start (OHS) para el año fiscal 2024 se detallan en una Instrucción del Programa (PI, sigla en inglés) por separado, ACF-OHS-PI-24-02. Esta PI describe los cambios en los criterios de elegibilidad para los beneficiarios de Head Start de la Región XI, indígenas estadounidenses y nativos de Alaska (AIAN, sigla en inglés) en la Sección 238 de la Ley de Asignaciones Consolidadas Adicionales de 2024.
La OHS colabora regularmente con las tribus para comprender las circunstancias especiales de los programas Head Start para AIAN. Durante las consultas regulares, los líderes tribales y los administradores tribales de Head Start han indicado que las tribus deben tener poderes discrecionales para determinar qué niños son elegibles y deben tener prioridad para los servicios de Head Start. Después de este cambio histórico en los estatutos, la OHS considera que las tribus, en la mayor medida posible, deben determinar qué niños de sus comunidades se beneficiarían más de los servicios de Head Start.
Aplicación de la nueva disposición de admisibilidad
Esta disposición especifica que en el año fiscal 2024, y durante los años siguientes, los programas para AIAN tienen la discreción de considerar la elegibilidad para los servicios de Head Start independientemente de los ingresos. Esta disposición se aplica a los programas operados por una tribu india según se define en la Ley de Head Start, 42 U.S.C. 9801, o designados por una tribu india para operar en su nombre. Esta nueva formulación se aplica tanto a los niños tribales como a los no tribales en el área de servicio de un programa para AIAN. Esta ley conducirá al aumento del número de niños en las comunidades tribales que son elegibles para recibir servicios de Head Start y participar en actividades que promuevan su cultura y su idioma nativos.
Según las regulaciones de Head Start recogidas en 45 CFR §§1302.14 y 1302.11(b), los programas para AIAN deberán seguir aplicando criterios de selección cada año para matricular a los niños de su área de servicio que más se beneficien de los servicios de Head Start. Estos criterios de selección deben sopesar la priorización de los participantes en función de las necesidades identificadas en la evaluación de las necesidades de la comunidad. Los criterios pueden, a discreción del programa, darles prioridad a los niños de familias en las que un niño, un miembro de la familia o un miembro del mismo hogar pertenece a una tribu indígena. Los programas no tienen que actualizar sus criterios de selección en este momento. Sin embargo, si un programa opta por cambiar sus criterios de selección en respuesta a la nueva disposición de la Sección 238, debe consultar y obtener la aprobación de su cuerpo directivo y su Consejo de Políticas. De esta manera el programa puede comenzar a utilizar los criterios actualizados. Además, todos los programas deben incluir sus criterios de selección en la solicitud anual de reembolso.
Según la Sección 238, los programas Head Start para AIAN ya no tienen que cumplir con los requisitos de ingresos para ser elegibles. Esto significa que los programas para AIAN no tiene que recopilar información sobre los ingresos de las familias para fines de elegibilidad. Sin embargo, si un programa para AIAN decide utilizar los ingresos como parte de sus criterios de selección para apoyar la toma de decisiones con respecto a las familias más necesitadas, en consecuencia deberá recopilar información sobre los ingresos familiares.
Esta nueva ley entra en vigor de inmediato. Se aplicará este año fiscal y en los años venideros. Sin embargo, no se debe interrumpir la matrícula de ningún niño que actualmente esté en un programa tribal de Head Start para acomodar a las nuevas matrículas que puedan calificar en función de este cambio.
Detalles adicionales sobre los requisitos de elegibilidad, reclutamiento, selección, matrícula y asistencia (ERSEA)
Debido a este cambio estatutario, las Normas de Desempeño del Programa Head Start (HSPPS, sigla en inglés) sobre elegibilidad ahora reflejan algunos requisitos obsoletos. Para actualizar las HSPPS, la Oficina de Head Start (OHS) debe participar en un proceso de elaboración de normas.
Mientras tanto, cuando exista una discrepancia entre la Ley de Asignaciones Consolidadas Adicionales de 2024 y los requisitos de elegibilidad existentes en las HSPPS, los programas para AIAN deben seguir la nueva disposición legal de la Sección 238. Por ejemplo, ya no se exige que los programas tribales verifiquen la elegibilidad en función de los ingresos ni que mantengan registros de elegibilidad por ingresos (45 CFR §1302.12(i),(k)).
Si bien esta nueva ley cambia los requisitos de elegibilidad de ingresos, quedan otras HSPPS para la elegibilidad, el reclutamiento, la selección, la matrícula y la asistencia. Por ejemplo, los programas deben seguir cumpliendo con los requisitos de elegibilidad por edad (45 CFR §1302.12(b)). De acuerdo con 45 CFR §1302.13, los programas deben desarrollar e implementar un proceso de reclutamiento diseñado para informar activamente a todas las familias dentro del área de reclutamiento sobre la disponibilidad de los servicios del programa, y para alentarlos y ayudarlos a solicitar la admisión. También se mantienen las normativas existentes de matrícula (45 CFR §1302.15) y asistencia (45 CFR §1302.16).
Como se enfatiza en la Sección 238, un programa tribal puede, a su discreción, usar criterios de selección para darles prioridad a los niños de familias en las que un niño, un miembro de la familia o un miembro del mismo hogar pertenece a una tribu indígena y se beneficiaría del programa Head Start. Los criterios de inscripción de miembros tribales se describen en las constituciones tribales, en los artículos de incorporación o en las ordenanzas. Estos criterios varían de una tribu a otra, por lo que no existen requisitos uniformes de membresía (en inglés). Las tribus tienen autoridad para definir sus requisitos de membresía tribal y para determinar cómo usarán esos requisitos para los criterios de selección de Head Start.
Tenga en cuenta que las orientaciones del ACF-IM-HS-23-02 Elegibilidad de los Indios Indígenas Estadounidenses y Nativos de Alaska (AIAN) a través del TANF tribal ya no es relevante. Los programas para AIAN ya no deben cumplir con los requisitos de elegibilidad por ingresos, incluida la elegibilidad para el programa Head Start por estar recibiendo asistencia pública.
Datos y presentación de informes
El Informe de Datos Actualizados del Programa (PIR, sigla en inglés) de la OHS proporciona datos exhaustivos sobre los servicios ofrecidos, el personal, los niños y las familias atendidos en los programas de Head Start y Early Head Start en todo el país. Todos los destinatarios y delegados de las subvenciones deben presentar un PIR anualmente. El PIR 2024-2025 se actualizará para reflejar estos cambios en la política de elegibilidad para AIAN. El 9 de mayo, la OHS emitió unas orientaciones para los destinatarios de subvenciones sobre cómo presentar el PIR 2023-2024 para aquellos programas para AIAN que consideran que las familias son elegibles según la nueva formulación de la Sección 238 durante este año programático.
Revisión
La Ley de Head Start requiere una revisión federal periódica de todos los programas Head Start. Los destinatarios con próximas revisiones durante el año fiscal 2024 serán monitoreados de acuerdo con estos cambios en la política de elegibilidad para AIAN. Los protocolos de revisión del año fiscal 2025 reflejarán estos cambios.
Iniciativa para una matrícula completa
La OHS brindará orientación adicional sobre cómo esta nueva disposición afectará la Iniciativa para una matrícula completa (FEI, sigla en inglés). La OHS planea extender la flexibilidad a los destinatarios de subvenciones para AIAN que participen en la FEI para darles tiempo a implementar esta nueva ley.
Proceso de cambio en el alcance
Esta nueva disposición de elegibilidad no afectará las solicitudes de cambio en el alcance que ya han sido aprobadas e implementadas. Si tiene preguntas sobre una solicitud de cambio en el alcance, comuníquese con su oficina regional.
Capacitación y asistencia técnica (TTA) y apoyo continuo
Con esta nueva ley, muchos recursos y materiales disponibles para los programas del Centro de Aprendizaje y Conocimiento en la Primera Infancia (ECLKC, sigla en inglés) deben actualizarse. Llevará tiempo eliminar las discrepancias entre el sitio web y la nueva disposición.
La OHS alienta a los destinatarios a continuar usando el sistema de TTA, incluidos los cuatro Centros Nacionales y la red de TTA de la Región XI, para recibir apoyo. El sistema de TTA apoya al personal del programa en la prestación de servicios de calidad a niños y familias. El sistema de TTA ofrece apoyo a nivel nacional, regional y de destinatario. Si bien cada nivel tiene funciones distintas y únicas, están diseñadas para complementarse entre sí.
La OHS prevé que los programas tendrán preguntas sobre estos cambios. Todos sus comentarios y comunicaciones a lo largo de este proceso de implementación serán bienvenidos. Pronto se informará de oportunidades específicas para hacer comentarios a través del proceso de consulta tribal. Envíe sus preguntas sobre estos cambios a AIANHeadStart at acf dot hhs dot gov.
La OHS agradece su colaboración en la implementación de este importante cambio para que más familias de las comunidades tribales sean elegibles para los servicios de Head Start. Gracias por el trabajo que realizan en nombre de los niños y sus familias. Espero que podamos continuar trabajando en estrecha colaboración.
/ Khari M. Garvin /
Khari M. Garvin
Director
Oficina de Head Start
« Descargo de responsabilidad sobre las traducciones al español