La Junta Nacional de Relaciones Laborales es una agencia federal independiente creada por el Congreso en 1935 para administrar la Ley Nacional de Relaciones Laborales, la ley principal que rige las relaciones laborales. Los concesionarios encontrarán útil esta información con respecto a las violaciones de la NLRA a la hora de tratar con empleados y sindicatos.
La Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA, sigla en inglés) prohíbe a los empleadores interferir, restringir o coaccionar a los empleados en el ejercicio de los derechos relacionados con la organización, formación, afiliación o asistencia a una organización laboral o asistencia a una organización laboral con fines de negociación colectiva, o participar en actividades concertadas protegidas o abstenerse de tales actividades. De manera similar, las organizaciones laborales no pueden restringir o coaccionar a los empleados en el ejercicio de estos derechos.
Ejemplos de conducta del empleador que violan la NLRA son:
- Amenazar a los empleados con la pérdida de empleos o beneficios si se unen o votan por un sindicato o participan en una actividad concertada protegida.
- Amenazar con cerrar la planta si los empleados seleccionan un sindicato para que los represente.
- Cuestionar a los empleados sobre sus simpatías o actividades sindicales en circunstancias que tienden a interferir, restringir o coaccionar a los empleados en el ejercicio de sus derechos en virtud de la Ley.
- Prometer beneficios a los empleados para desalentar su apoyo al sindicato.
- Transferir, despedir, asignar a los empleados tareas de trabajo más difíciles o de otra manera castigar a los empleados porque participaron en actividades concertadas protegidas o sindicales.
- Transferir, despedir, asignar a los empleados tareas de trabajo más difíciles o castigar de otro modo a los empleados porque presentaron cargos por prácticas laborales injustas o participaron en una investigación realizada por la NLRB.
Ejemplos de la conducta de la organización laboral trabajo que violan la NLRA son:
- Amenazas a los empleados de que perderán sus puestos de trabajo a menos que apoyen el sindicato.
- Buscar la suspensión, despido u otro castigo a un empleado por no ser miembro de un sindicato, incluso si el empleado ha pagado u ofrecido pagar una tarifa de iniciación legal y tarifas periódicas a partir de entonces.
- Negarse a tramitar una queja formal porque un empleado ha criticado a los funcionarios del sindicato o porque un empleado no es miembro del sindicato en los estados donde no se permiten las cláusulas de seguridad del sindicato.
- Multar a los empleados que han renunciado válidamente al sindicato por participar en actividades concertadas protegidas después de su renuncia o por cruzar un piquete ilegal.
- Participar en conducta indebida en el piquete, como amenazar, agredir o prohibir a los no huelguistas de entrar en las instalaciones del empleador.
- Hacer huelga sobre temas no relacionados con los términos y condiciones de empleo o involucrar de manera coactiva a los que son neutrales en una disputa laboral.
Última actualización: June 4, 2024